Para realizar trámites uno de los documentos solicitados por obligación a parte de la cédula de ciudadanía es el certificado de votación; en caso de perdida, robo o deterioro, actualmente podrá obtener un duplicado de forma gratuita por internet.
El carnet o certificado de votación es un documento que además de acreditar su derecho a votar, es exigencia en el caso de realizar trámites trámites del sector público, como certificaciones, aplicaciones, peticiones, entre otros.
Si le interesa conocer el procedimiento y los requisitos para solicitar el duplicado del carnet o certificado de votación en línea o presencial; le recomendamos leer el artículo en su totalidad.
Requisitos para emitir el duplicado del certificado de votación
En el país, toda entidad pública o privada debe solicitar el certificado de votación al que requiera realizar una solicitud, en caso de no hacerlo podrá recibir una multas de entre uno hasta diez salarios básicos unificados. En el mismo orden de ideas, en caso de perdida o robo, presente los siguientes documentos para emitir un duplicado:
- Original y copia de la cédula de identidad
- Nombres completos del solicitante
- Carta de petición firmada por el titular del certificado (En la misma se debe anexar el motivo por el cual solicita la emisión del duplicado: Robo, perdida o deterioro)
- El trámite es totalmente gratuito, eso si, en caso de no haber sufragado el pasado 7 de febrero debe cancelar una multa correspondiente al 10% de una remuneración mensual unificada en una delegación provincial del CNE.
Cómo obtener el duplicado del certificado de votación en línea
Actualmente únicamente se podrá obtener un duplicado provisional también conocidos como certificados de presentación (Valido por 90 días para la realización de todo trámite); hasta que la votación no finalice no será posible obtener el certificado definitivo.
- Acérquese a la delegación CNE más cercana a su domicilio
- Presente la documentación anteriormente mencionada
- El certificado de votación provisional únicamente puede ser emitido para aquellas personas que no hayan asistido a las urnas el pasado 7 de febrero, quienes no constan en el padrón electoral, por perdida, robo o deterioro.
- Multa por no votar: 10% de una remuneración básica (40 USD)
- Si voto pero no cumplió el deber como miembro de mesa: 15% de una remuneración básica (60 USD)
- Si no voto y tampoco se presento en la Junta Receptora de Voto (JRV): Debe realizar el cancelamiento de ambas multas, es decir 100 USD.
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Certificado de votación